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¿Quién define si una persona debe declarar?
"El director, el jefe o el encargado de la unidad de recursos humanos o de la oficina de personal de cada órgano o entidad pública, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la designación o a la declaración de elección del Tribunal Supremo de Elecciones, deberá informar a la Contraloría General de la República (a través del sistema destinado para tal efecto), sobre el nombre, las calidades y el domicilio exacto de los servidores que ocupan cargos que exijan presentar la declaración de la situación patrimonial, con la indicación de la fecha en que iniciaron sus funciones; también deberá informar por escrito al funcionario sobre su deber de cumplir con esa declaración.

Establecido en el artículo n.° 28 de la Ley n.° 8422.

Para cumplir con ese deber, las unidades de recursos humanos deberán considerar la existencia, en forma separada o combinada, de las funciones descritas en los perfiles y el nivel de responsabilidad del funcionario.

Establecido en el artículo n.°62 del Reglamento a la Ley n.° 8422.
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