La Administración cuenta con veinte días hábiles, prorrogados hasta por diez más si lo justifica, y lo que hace es valorar si hay una oferta de su interés, siguiendo el orden de calificación. Deberá verificar que este oferente (el que vaya a elegir), tenga la garantía de participación vigente.
Si los otros oferentes no están de acuerdo, pueden impugnar la decisión.