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¿Cuándo se reinicia el contrato?
El reinicio del contrato se comunicará por escrito, antes del vencimiento del plazo de suspensión. Si el contrato no reinicia dentro del plazo estipulado, la Administración deberá iniciar de forma inmediata el procedimiento tendiente a su rescisión, salvo que razones de interés público, impongan continuar con su inmediata ejecución.
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