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WebChat CGR|Costa Rica
¿En qué casos se puede excepcionar la aplicación de los procedimientos ordinarios mediante autorización de la Contraloría General?
La Contraloría General de la República puede autorizar a la Administración a realizar una contratación directa o a hacer uso de procedimientos sustitutivos a los ordinarios en otros casos no previstos por la normativa, cuando se logre demostrar que esa es la mejor forma de alcanzar la debida satisfacción del interés general, o de evitar daños o lesiones a los intereses públicos. Se entiende que al menos los siguientes casos se encuentran incluidos en ese supuesto:

Cuando se trate de la adquisición de bienes, obras o servicios que sólo puedan obtenerse de un pequeño número de proveedores.

Cuando por razones de normalización o compatibilidad se deba adquirir productos tecnológicos del mismo contratista del cual ya se adquirió equipo tecnológico, siempre y cuando el contrato original haya sido satisfactorio para la Administración, el precio sea razonable y se haya verificado en el respectivo mercado que no existieran mejores alternativas.

Igualmente la CGR está facultada para autorizar contrataciones directas en los casos en los que existe urgencia de atender una necesidad, sin importar si ello obedece a una mala planificación o es una situación ajena a la voluntad de la Administración.
Su respuesta nos ayuda a mejorar este servicio. Apreciamos grandemente su evalución .


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