Los Comités Cantonales de Deportes y Recreación (CCDR), son órganos de la Municipalidad a la que se encuentran adscritos, gozan de personalidad jurídica instrumental y se encuentran regulados en el Código Municipal, en los artículos de 173 al 181.
Los CCDR gozan de un manejo independiente de fondos para la realización de determinados actos o contratos en materia de deporte y recreación, sin que le implique una separación absoluta de la estructura municipal. El Gobierno Local tiene la responsabilidad de la vigilancia, el acompañamiento, la dotación de recursos y el aseguramiento en cuanto al efectivo cumplimiento de esa competencia.