Esta ocurre:
1) Dentro del mes siguiente a la recepción provisional,
2) Dentro del plazo que el cartel haya establecido para ello o
3) Cuando venza el plazo para corregir defectos.
La recepción provisional y la definitiva pueden ocurrir de manera simultánea, cuando se trate de objetos y servicios muy simples que así lo permitan, o bien cuando así lo decida la Administración, todo lo cual constará en la respectiva acta.
Todo pago a cargo de la Administración se realizará luego de la recepción definitiva de los bienes y servicios.