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¿Qué sucede si el funcionario no presenta alguna declaración dentro del plazo establecido?
Si el funcionario no presenta declaración será prevenido una única vez por la Contraloría General de la República para que, en el plazo de quince días hábiles cumpla con la presentación de la declaración respectiva y si persiste el incumplimiento se inicia un procedimiento administrativo sancionatorio.

Establecido en el artículo n.° 38, inciso i de la Ley n.° 8422.
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