¿Se pueden realizan modificaciones a las ofertas con posterioridad al cierre del plazo de recepción de ofertas?
Con posterioridad al plazo de recepción de ofertas, no es posible modificar las ofertas ni retirarlas, pero sí se pueden presentar aclaraciones por iniciativa de los participantes o a solicitud de la Administración, siempre y cuando ello no implique alterar elementos esenciales de la oferta.