El contrato se debe firmar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación, la cual se da cuando ningún participante del concurso presento recurso contra el acto o de presentar este fue rechazado o declarado sin lugar, la Administración debe comunicarle al adjudicatario el día en que deberá presentarse a firmar, previo al rendimiento satisfactorio de la garantía de cumplimiento respectiva. Este plazo no puede exceder los diez días hábiles, salvo que el cartel disponga justificadamente un plazo mayor.