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¿Cuándo debe firmarse el contrato?
El contrato se debe firmar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación, la cual se da cuando ningún participante del concurso presento recurso contra el acto o de presentar este fue rechazado o declarado sin lugar, la Administración debe comunicarle al adjudicatario el día en que deberá presentarse a firmar, previo al rendimiento satisfactorio de la garantía de cumplimiento respectiva. Este plazo no puede exceder los diez días hábiles, salvo que el cartel disponga justificadamente un plazo mayor.
Su respuesta nos ayuda a mejorar este servicio. Apreciamos grandemente su evalución .


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