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¿Cómo se tramita un procedimiento de escasa cuantía?
En los procedimientos de escasa cuantía, no es obligatorio realizar un publicación en el Diario Oficial o en diarios de circulación nacional, sino que se debe cursar invitación por lo menos a tres potenciales proveedores idóneos, si existen y se adjudicará a la oferta de menor precio, sin perjuicio de que se valoren otros factores que se estimen relevantes, lo cual deberá definirse en la invitación.

Si existe un registro de proveedores, debe acudirse a éste para elegir al menos a tres diferentes proveedores en cada compra. Ante la imposibilidad de extraer tres potenciales oferentes del registro o de no contar con registro, se puede solicitar colaboración a otra institución pública para poder cursar las invitaciones. Pero si no es posible acudir a un registro público, la Administración debe seleccionar responsablemente, mediante otras vías, al menos a tres diferentes proponentes idóneos para que presenten su cotización. Debe aclararse que se deben tomar en cuenta las ofertas de proveedores incluso no invitados.
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