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¿Debe advertir el contratista a la Administración si entrega un bien actualizado?
Sí. Si el contratista entrega un bien distinto al ofrecido porque corresponde al bien actualizado, debe informar por escrito sobre esta mejora a la Administración, debiendo explicar en detalle en qué consiste el cambio.

La Administración contará con diez días hábiles para aceptar o rechazar el cambio propuesto, debiendo motivar su decisión. En caso de que la acepte, a petición del contratista, podrá ampliar de manera justificada el plazo de entrega, que no podrá exceder el plazo original.

Dado que se trata de una mejora, el cambio que se hace en los bienes o servicios no puede afectar o disminuir las garantías y condiciones de los bienes inicialmente ofrecidos.
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