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WebChat CGR|Costa Rica
¿En cuál apartado debo registrar los excedentes o dividendos percibidos por la participación en alguna organización de trabajadores como por ejemplo las cooperativas o asociaciones solidaristas?
Deben registrarse en el apartado de “Participación en Sociedades”, en este apartado debe seleccionar si se trata de una entidad con o sin fines de lucro. Si es con fines de lucro se habilitará la opción de DIVIDENDOS, si se trata de una entidad sin fines de lucro se habilitará la opción de Excedentes.
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