El recurso de apelación podrá ser rechazado, en cualquier momento del procedimiento, cuando del estudio que se realiza se determina que:
• Quien interpuso el recurso es una persona carente de interés legítimo, actual, propio y directo.
• Cuando quien apela no logra demostrar como ganaría el concurso.
• Cuando el recurso se apoye en fundamentos y argumentaciones sobre las cuales la Contraloría ya ha manifestado reiteradamente una posición expresa en sentido contrario en resoluciones anteriores y no hayan razones suficientes para modificar dichas tesis.
• Cuando no se presente con la información suficiente para demostrar lo que se está diciendo.
• Cuando los argumentos que se presentan, tuvieron que presentarse en una etapa anterior.
• Cuando prevenido el apelante de mantener o restablecer la garantía de participación o la vigencia de su oferta no lo haga.