En el apartado "Bienes muebles sujetos a inscripción" para realizar la actualización de un registro existente si el bien aún le pertenece, deberá modificar, al menos, el valor estimado, o bien, incorporar una observación en donde se especifique que el bien no ha sufrido variaciones, en caso contrario, si el bien ya no le pertenece, debe registrar en la sección de "Variación" la disminución correspondiente.