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¿Cuándo y cómo se divulga el Programa de Adquisiciones?
Según las normas vigentes el programa debe publicarse dentro del primer mes del año presupuestario, lo cual tiene toda lógica, ya que no es una herramienta que surge de la noche a la mañana, sino que recoge lo que planificó y presupuesto desde finales del año presupuestario anterior. Ahora bien, hay que tener claro que lo que se indique al principio de año en ese documento no está escrito en piedra y por lo tanto puede irse modificando, según vaya avanzando el año. De igual forma, lo que ahí se indique no implica que obligatoriamente debe comprarse, precisamente porque las necesidades del año presupuestario pueden ir cambiando y ello incluye desechar algunas de las compras inicialmente programadas.

Este programa se puede publicar en La Gaceta, o bien en página Web de la Institución; en este último caso sí es necesario que se haga una publicación en el Diario Oficial, indicando la dirección electrónica donde se encuentra disponible.
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