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¿Cuál es el plazo para incluir las modificaciones presupuestarias en el SIPP?
La información tanto de la planificación como del presupuesto se deberá registrar en el SIPP a más tardar dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su aprobación por parte del jerarca o del funcionario encargado de esa potestad, y efectuar la validación correspondiente a la información atinente al presupuesto dentro de los tres días hábiles.

Ver norma:

Artículo 7 de las Directrices Generales a los sujetos pasivos de la Contraloría General de la República para el adecuado registro y validación de información en el Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP) (D-1-2010-DC-DFOE).
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