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¿Cómo cálcular el monto del apartado "Menaje de casa"?
Para cálcular el monto del menaje de casa, se debe considerar el valor aproximado de todos los artículos del hogar, nuevos o usados, que se encuentren dentro de la propiedad donde habita el declarante, sea que los utilice tanto él como los miembros que ahí convivan.

Además se deben considerar otros artículos del hogar, pertenecientes al declarante, que se encuentren en otras propiedades como casas de alquiler o casas de playa.

Para este cálculo no debe considerarse el equipo especializado utilizado de forma exclusiva para el ejercicio de su profesión, ni las obras de arte, colecciones de cualquier índole, joyas, antigüedades, armas; esto debe registrarse en los apartados "Bienes muebles no inscribibles" u "Otros intereses patrimoniales", según corresponda.

Establecido en el artículo n.°. 29 inciso d, de la Ley n.° 8422.
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