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¿Cuál es la prueba que se debe aportar?
Una investigación únicamente podría llevarse a cabo si existen elementos de convicción suficientes para iniciarla. Tales elementos no son los mismos para todos los casos, por lo que entre más clara, precisa y detallada sea la prueba aportada, la Contraloría General de la República contará con mayores elementos para la valoración de la denuncia y de ser procedente iniciar una investigación; en este sentido, la calidad de la denuncia reviste particular importancia.

Adicionalmente, se sugiere considerar lo establecido en su artículo 7º de los "Lineamientos para la atención de denuncias planteadas ante la Contraloría General de la República", Resolución Nro. R-CO-96-2005, publicada en La Gaceta Nro. 238 del 9 de diciembre del 2005, el cual dispone:

"Artículo 7.—Información adicional: El denunciante también deberá brindar información complementaria respecto a la estimación del perjuicio económico producido a los fondos públicos en caso de conocerlo, la indicación de probables testigos y el lugar o medio para citarlos, así como la aportación o sugerencia de otras pruebas.". (El destacado pertenece al original).
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