Eso lo define cada Administración, siempre y cuando se respeten los principios de igualdad de trato y publicidad.
Eso sí, hay que seguir algunos formalismos básicos: cómo hacer un llamado en La Gaceta y levantar un acta.
Hay que tomar en consideración que no se pueden “castigar” a los oferentes que no asistieron a tales audiencias, ya que no son requisitos de admisibilidad del futuro concurso, sino más bien acercamientos de buena fe, tendientes a la mejora de las condiciones cartelarias.